Para la formación de una ley, existen cinco pasos:
1-Iniciativa: Crear un proyecto de ley y presentarlo.Pueden tener la iniciativa la Presidenta de la República, los Diputados y los Senadores.
2-Discusión: Acto de delibración de la ley, esto quiere decir si se aprueba, lo realizan los Diputados y Senadores.
3-Aprobación: Se realiza con los quórum(cantidad de votos necesarios para aprobar un proyecto) depende del tipo de ley.
Leyes interpretativa:necesita tres de cinco personas.
Leyes orgánica constitucional:necesita cuatro de siete personas.
Leyes quórum calificada:mayoría absoluta de todos los Diputados y Senadores.
Leyes comunes:mayoría simple de los senadores y diputados presente.
4-Promulgación:
Es el acto donde la Presidenta da a conocer la existencia de la ley, además debe aceptar la ley aprobada mediante Decreto Supremo, este procedimiento solo lo debe realizar la Presidenta, en caso de rechazar la ley, vuelve a la segunda etapa, es decir, a la discusión.
5-Publicación: Acto mediante el cual la ley aprobada y promulgada es dada a conocer a todos los ciudadanos, mediante la publican de El Diario Oficial.
1-Iniciativa: Crear un proyecto de ley y presentarlo.Pueden tener la iniciativa la Presidenta de la República, los Diputados y los Senadores.
2-Discusión: Acto de delibración de la ley, esto quiere decir si se aprueba, lo realizan los Diputados y Senadores.
3-Aprobación: Se realiza con los quórum(cantidad de votos necesarios para aprobar un proyecto) depende del tipo de ley.
Leyes interpretativa:necesita tres de cinco personas.
Leyes orgánica constitucional:necesita cuatro de siete personas.
Leyes quórum calificada:mayoría absoluta de todos los Diputados y Senadores.
Leyes comunes:mayoría simple de los senadores y diputados presente.
4-Promulgación:
Es el acto donde la Presidenta da a conocer la existencia de la ley, además debe aceptar la ley aprobada mediante Decreto Supremo, este procedimiento solo lo debe realizar la Presidenta, en caso de rechazar la ley, vuelve a la segunda etapa, es decir, a la discusión.
5-Publicación: Acto mediante el cual la ley aprobada y promulgada es dada a conocer a todos los ciudadanos, mediante la publican de El Diario Oficial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario